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Cómo citar este artículo:
Realpe, S., Chunés, J., & Herrera, E. (Enero - junio de 2021). Las condiciones de las operaciones del tránsito aduanero comunitario (TAC) en la frontera norte del estado ecuatoriano.
Sathiri: Sembrador (16)1, 20-35. https://doi.org/10.32645/13906925.1038
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Introducción
En el Estado ecuatoriano existen un muy limitado estudio e investigaciones formales cualitativas
y/o cuantitativas, que permitan caracterizar el estado actual de los proveedores de servicios
logísticos (PSL) y usuarios de servicios logísticos (USL), especícamente del sector del transporte
internacional de carga. A diferencia de Colombia, que sí cuenta con centros de investigaciones y
observatorios logísticos. Un claro ejemplo es la Encuesta Nacional Logística, que se aplica en dicho
estado (Chicaiza y Sandaya, 2015; Laine, 2019).
La gran demanda de bienes que tienen las personas conlleva a que se desarrolle el
comercio exterior. Para su realización es necesario el transporte internacional de mercancías, una
de sus modalidades es el tránsito aduanero comunitario (TAC); que se encuentra regularizado y
operativizado por medio de las Decisiones 617-2005 y 636-2006; y la Resolución 1921-2017 de
la Comunidad Andina (CAN). Es por esto, que los distintos países han puesto a disposición de los
Operadores de Comercio Exterior (OCE) y/u Operadores Económicos Autorizados (OEA), el TAC;
para trasladar sus mercancías a cualquier territorio aduanero.
El TAC permite el traslado de mercancías, incluidas las consideradas como sensibles y
de prohibida importación (consideradas en el país de tránsito), desde una aduana de partida,
hasta una aduana de destino, interviniendo una o más aduanas de cruce de fronteras, previa
constitución de la garantía que aance los tributos al comercio exterior, durante la ejecución del
tránsito aduanero comunitario, siendo el obligado principal el transportista o el importador. Esto ha
provocado inconvenientes en la ejecución del régimen, originados en la operatividad y en aspectos
normativos que no fueron tomados en cuenta en su regularización, como lo es la Decisión 617-
2005 de la CAN y su respectiva reforma, Decisión 636-2006 (Secretaría General de la CAN, 2005).
Entre los problemas más destacados en la realización del régimen de tránsito aduanero se
encuentran: en la operación del régimen, la respuesta ante eventos no deseados como robos, hurtos
de mercancías en cualquier territorio aduanero interviniente; falta de trazabilidad por medio de un
Precinto Electrónico de Monitoreo Aduanero (PEMA), en todas las aduanas a excepción del Servicio
Nacional de Aduana del Ecuador (Senae); la falta de implementación y/o aplicación de mecanismos
sistemáticos que acrediten la culminación del régimen como la herramienta informática Tránsito
Internacional de Mercancías (TIM), y el inadecuado cálculo de tributos al comercio exterior que
aancen la totalidad de los mismos en cada estado por donde transite la mercancía.
Es por eso, que el presente estudio se realizó con el enfoque de proporcionar opciones de
cómo actuar, y de ser pertinente, brindar alternativas para regular vacíos legales que se evidencian
en la normativa comunitaria, Decisión 617-2005. Entre ellos se encuentran:
1.- Casos de siniestros donde se requiera dar un destino aduanero, entre ellos la salida del
estado donde ocurrió el evento, cual aduana debe ser la indicada para poder regresar la mercancía
al extranjero, es allí donde se evidencia el vacío legal y/o normativo que impide tener un panorama
claro para evitar contratiempos al OCE.
2.- La trazabilidad de todas las aduanas, no se está realizando de manera conjunta. Evitando
tener un adecuado control de las mercancías que circulan bajo este régimen aduanero. Además,
no se ha incorporado mecanismos electrónicos de seguridad como el PEMA, para poder controlar
la circulación global de la mercancía por los territorios signatarios (a excepción del Ecuador), desde
que nace hasta que culmina el proceso del tránsito aduanero.
3.- Mecanismos electrónicos de control se tiene como antecedente la plataforma TIM
(Tránsito Internacional de Mercancías) impulsado por Banco Interamericano de Desarrollo (BID)